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domingo, 18 de diciembre de 2016

PLAN PILOTO DE DIFUSIÓN DEL ‘CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA Y CONVIVENCIA’


Con el objetivo de socializar e incentivar a la comunidad a conocer el contenido del nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, la Policía Metropolitana de Cúcuta realizó un plan piloto de difusión e imposición de órdenes de comparendo de tipo pedagógico.

La actividad educativa se concentró en el Parque Santander y zonas aledañas, donde los uniformados del equipo implementador del Código Nacional de Policía y Convivencia dieron a conocer a la comunidad en general, las implicaciones que tendrá su aplicación a partir del 30 de enero de 2017.

El plan piloto de ensayo abarcó un tiempo de dos horas en las cuales diez personas recibieron comparendos pedagógicos. Dos de ellas fueron amonestadas por estar fumando en sitios prohibidos y ocho recibieron multas, seis de ellas por estar ocupando el espacio público al realizar ventas informales de productos y dos por contaminación auditiva.

A las personas comparendadas y a las que transitaban por este céntrico parque, se les recordó que a partir del 30 de enero se impartirán diferentes comparendos a quienes sean sorprendidos realizando actos que afectan la sana convivencia ciudadana. Unos serán de tipo amonestación y otros de multa.

Los uniformados les recordaron que actividades que actualmente son evidenciadas en las zonas comerciales y residenciales, con las cuales se obstruye la libre movilidad, se contamina el medio ambiente y se altera la sana convivencia, a partir del 30 de enero serán comparendadas y en muchos de los casos sus autores se verán obligados a cancelar multas económicas.

Se les recordó que hechos como el de cerrar una calle para realizar una fiesta, poner música a alto volumen, hacer perifoneo, fumar en sitios prohibidos, realizar construcciones y arrojar los escombros a los andenes y vías públicas, entre otros actos, son comportamientos contrarios a la convivencia por afectar la tranquilidad, la libre movilidad y las relaciones respetuosas de las personas, el disfrute del espacio público y por lo tanto serán objeto de comparendo. 

Algunos de los comportamientos que afectan la sana convivencia ciudadana, como la contaminación auditiva en sus diferentes formas y la ocupación del espacio público con ventas informales de productos, acarrearán la imposición de comparendos con multas económicas que equivaldrán a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes. Entre tanto fumar en sitios prohibidos, conllevará a la amonestación por parte del uniformado conocedor de la infracción.

Quienes hicieron parte de la prueba piloto de difusión del nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, conocieron los pasos que se agotarán desde la imposición del comparendo hasta su pago. En primera instancia el rol del uniformado será el de mediador; luego identificará el tipo de comportamiento contrario a la convivencia y al ciudadano infractor.

Determinados tanto el acto como el autor, se procederá a la medida correctiva de imposición del comparendo ya sea de tipo amonestación o multa. En el caso de ser económico, el ciudadano objeto del comparendo tiene el derecho de objetarlo, lo cual quedará plasmado en el documento que se le entrega.

En caso de que el ciudadano infractor decida objetar la medida correctiva de multa deberá presentarse ante el inspector de policía correspondiente quien tendrá 3 días hábiles para revocar o confirmar la medida. Si es confirmada, el ciudadano infractor a partir de ser notificado de la decisión tendrá 5 días hábiles para realizar el pago del comparendo. El valor será cancelado en los bancos y cuentas habilitadas por las Administraciones Municipales para tal fin.

Finalmente, se les hizo claridad que los comparendos impartidos serán insertados en el Registro Nacional de Medidas Correctivas. 

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