Con motivo del elevado incremento de las transferencias de divisas a Venezuela, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN–, reforzó los controles e inspecciones a los Profesionales de Cambio Autorizados, ubicados en Cúcuta.
Estas visitas de la DIAN buscan identificar si los Profesionales de Cambio Autorizados, están cumpliendo la normativa cambiaria o si, por el contrario, además de infringirla, están incursos en graves delitos como el lavado de activos.
Según María Pierina González Falla, Directora de Gestión de Fiscalización de la DIAN, en los últimos días, se ha identificado que algunos de estos establecimientos, y también personas naturales –residentes colombianos o no–, vienen realizando grandes volúmenes de transferencias de divisas al vecino país.
“A finales de 2016, el gobierno venezolano anunció y autorizó la apertura de “casas de cambio” ubicadas en ciudades limítrofes con la frontera colombiana, las cuales transfieren fondos a ciudadanos venezolanos a través de intermediarios del mercado cambiario en Colombia por medio de giros, transferencias y servicios”, lo cual se convierte en una violación a lo establecido por el Banco de la República en la Resolución 8 de 2000.
La funcionaria explicó que, en Colombia, a los Profesionales de Cambio Autorizados no les está permitido ofrecer el servicio degiros y /o remesas internacionales, entre otras operaciones de cambio.
“Iguales prohibiciones tienen las personas naturales y jurídicas que no estén autorizadas para el efecto por las autoridades competentes, como la Superintendencia Financiera de Colombia”, indicó la Directora de Gestión de Fiscalización.
Agregó que quienes sean identificados realizando dichas operaciones no autorizadas se les aplicará una sanción del 100% del valor de la operación indebidamente realizada, sin perjuicio de las otras infracciones que se pudieren presentar.
La DIAN aclaró que el principal riesgo es que los Profesionales de Cambio y las demás personas que realicen estas operaciones incurran en el delito de lavado de activos, al no tener conocimiento del origen de los mismos.
Así mismo, la autoridad cambiaria manifestó que la forma legal para hacer estas transferencias de divisas son los Intermediarios del Mercado Cambiario –Bancos, corporaciones financieras, entre otros, es decir, las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera–, autorizadas para tal fin y quienes tienen cómo ejercer un control efectivo para evitar el lavado de activos por intermedio de tales movimientos de dinero.
Finalmente, la DIAN indicó que, entre el 2016 y 2017, se adelantaron 63 acciones de control a establecimientos no autorizados, con apertura de investigación. A la fecha, se han recaudado $365 millones por sanciones de este tipo. Se proyectaron actos sancionatorios por $648 millones y cursan investigaciones por un valor aproximado de $2.000 millones.
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