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jueves, 22 de octubre de 2015

NUEVO HORARIO DE ATENCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS QUE VENDEN LICOR PARA CONSUMO EN EL SITIO


“La medida modifica el Decreto 0106 del 18 de febrero de 2015”

La Administración Municipal mediante Decreto 0962 del 21 de octubre de 2015, modificó los artículos 1, 2, 3 y 4 del Decreto 0106 del 18 de febrero de 2015 que fijaba los horarios de atención al público en los establecimientos comerciales legalmente constituidos que venden licor para consumo en el sitio.

De acuerdo con el Decreto 0962, el artículo primero del decreto 0106 modificado, fija horario de atención al público en los establecimientos donde se vende licor para el consumo en el sitio como, discotecas, bares, clubes sociales, asociaciones sin ánimo de lucro con actividad diurna y nocturna, prostíbulos, grilles, casas de lenocinio, billares, garitos, tiendas y similares.

Tendrán el horario de 9:00 am a 1:00 am de Domingo a Domingo en el Parque Mercedes dos cientos metros a la redonda, alrededores del Parque Nacional, sector de la Guayabera desde la avenida 7ª con calle 5ª hasta la avenida 7ª con calle 2ª , avenida 6ª con calle 2ª esquina hasta la Diagonal Santander barrio La Merced, avenida 6ª con Diagonal Santander hasta la avenida 9ª glorieta del Terminal de Transporte.

En el Centro Comercial Bolívar, será horario extendido hasta las 4:00 de la mañana.

En los alrededores del Parque Cúcuta 300 años, avenida 8ª entre calles 8ª y 9ª barrio El Llano, alrededores de la Central de Transportes calle 0BN N° 7A – 34, el horario a regir de domingo a domingo está comprendido entre las 9:00 am a 1:00 am, atendiendo lineamientos de la Policía Nacional.

La zona turística del Malecón se mantiene, partiendo del puente de Guadua en la glorieta Arnulfo Briceño hasta el puente Francisco de Paula Andrade Troconis o de la Cero y abarca en toda su extensión los dos carriles; en el sector de Caobos avenida 1ª el tramo de la calle 13 a la calle19; avenida Cero hasta la Diagonal Santander, lugares en donde el horario dispuesto de lunes a jueves es de 8:00 am a 2:00 de la mañana del día siguiente; viernes, sábado, domingo y lunes festivo de 8:00 am a 3.00 de la mañana del siguiente día.

Para el resto de la ciudad en los establecimientos comerciales de venta de licor en el sitio es decir discotecas, bares, prostíbulos, casas de lenocinio, billares, garitos, clubes sociales, tiendas y similares seguirán con el horario de domingo a jueves de 8:00 am a 1:00 de la mañana del día siguiente; viernes, sábado, domingo y lunes festivo de 8:00 am a 3.00 am del siguiente día.

En los condominios Villa Centro Niza y Las Cascadas, se mantiene el horario que se estableció en el Decreto 0001 del 2 de enero de 2014, de 9:00 am a 6:00 pm de domingo a domingo.

Sin excepción todo sector de la ciudad, incluidos los establecimientos comerciales que venden licor en el sitio, que sean generadores de perturbación del orden público y quebrantamiento de la convivencia ciudadana, serán objeto de intervención de la Policía Nacional y se les aplicará la medida correctiva de cierre del establecimiento hasta por siete días.

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