La Alcaldía de Cúcuta, sacó, la resolución 0934 del 28 de julio de 2014, que restringe el tránsito de vehículos automotores de carga superior a 3.5 toneladas por la vía que conduce al Pórtico, en el tramo comprendido entre la Glorieta Pinar del Río, Puente Benito García Hernández, Glorieta del antiguo Das y la urbanización Residencial El Resumen, en ambos sentidos.
Para el Secretario de Tránsito Municipal, Néstor Javier Ardila Lozada, esta determinación se toma puesto que la vía tiene menos 15 días de estar pavimentada y están transitando vehículos abusivamente alto tonelaje y de más de seis ejes, así mismo, el puente Benito Hernández no puede recibir sobre carga de peso.
“Se sancionará con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, al conductor del vehículo automotor de carga que incumpla lo establecido en la resolución, además el carro será inmovilizado”, explicó, Ardila Lozada.
El acto administrativo, excluye de esta restricción, a los vehículos de carga debidamente identificados, cuyo destino sean las Minas del Pórtico, vehículos de Coca Cola, vehículos de Aguas Kapital y del Ejército Nacional.
Así mismo, la Secretaría de Tránsito, instalará señales verticales reglamentarias para notificar a los conductores la circulación prohibida de vehículos de carga.




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