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viernes, 24 de febrero de 2012

FALLO DE LA PROCURADURÍA, NO SUSPENDE AL GOBERNADOR DE SU CARGO


El Gobernador Édgar Jesús Díaz Contreras manifestó ser respetuoso del fallo proferido en segunda instancia por la Procuraduría General de la Nación, en donde confirma la sanción pecuniaria o disciplinaria contra los concejales que autorizaron la creación de una corporación sin ánimo de lucro de carácter municipal.

Díaz Contreras, expresó que una vez sea notificado por el ente de control sobre la normatividad expresa en los artículos 45 y 46 del Código Único Disciplinario, procederá a acatar la decisión de la Procuraduría.

Es importante resaltar el artículo 46 del CUD que en la actualidad cobija al actual Gobernador al señalar que: “Cuando el disciplinado haya cesado en sus funciones para el momento de la ejecutoria del fallo o durante la ejecución del mismo, cuando no fuere posible ejecutar la sanción se convertirá el término de suspensión o el que faltare, según el caso, en salarios de acuerdo al monto de lo devengado para el momento de la comisión de la falta, sin perjuicio de inhabilidad especial”.

El Procurador General de la Nación en su decisión estableció: “para los disciplinados que se encuentran retirados del servicio público o en otro cargo que no guarde similitud con el de concejal, el término de la suspensión se deberá convertir en salarios de acuerdo al monto de lo devengado para el momento de la comisión de la falta”.

Es bueno reseñar que el fallo proferido por la Procuraduría General de la Nación que resuelve el recurso de reposición contra la providencia de única instancia emitida el 26 de septiembre de 2011 y de conformidad con el artículo 116 del CUD, señala también que contra esta decisión no procede recurso alguno.


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