Con el ánimo de orientar a la ciudadanía respecto de la actualización catastral, base para el impuesto predial, la Administración Municipal, mediante un informativo preparado por la Secretaría de Hacienda, viene socializando las inquietudes más frecuentes respecto del tema.En ese sentido, se define la actualización catastral como un conjunto de operaciones destinadas a renovar datos de la formación catastral, revisando los elementos físicos y jurídicos, al tiempo que elimina en el elemento económico las disparidades originadas por cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas o condiciones locales del mercado inmobiliario.
El ciento por ciento del área urbana de Cúcuta, que corresponde a 13 sectores, fue actualizada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi Igac, faltando aún la zona rural del municipio.
Al ser revisados los elementos físicos, jurídicos y económicos que integran la actualización catastral, hubo predios a los que se les rebajó el avalúo. Razón para considerar que no siempre este proceso significa incremento.
Cuando el usuario se sienta inconforme, podrá pedir ante el Igac, revisión del avalúo, pues es necesario diferenciar entre impuesto predial y avalúo catastral. El primero, es un tributo de carácter municipal que recae sobre las propiedades urbanas o rurales. El segundo, consiste en la determinación del valor de los predios, obtenido mediante investigación y análisis estadístico del mercado inmobiliario.
La revisión se puede solicitar ante la respectiva autoridad catastral (Igac) por lo propietarios o poseedores, directamente o por conducto de sus apoderados, presentando como prueba de las inconsistencias, planos, certificaciones de autoridades administrativas, aerofotografías, escrituras públicas y otros documentos que demuestran los cambios en los predios.




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