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martes, 24 de noviembre de 2015

Gobierno Nacional reglamenta el Servicio de Lujo en la modalidad individual de pasajeros


El Gobierno Nacional dio a conocer la reglamentación del Servicio de Lujo en la modalidad individual de pasajeros, en cabeza del Vicepresidente de la República, Germán Vargas Lleras, y la Ministra de Transporte, Natalia Abello, tal como lo afirmó el propio Presidente Juan Manuel Santos, en la rueda de prensa conjunta realizada en la casa de Nariño.

El Vicepresidente de la República, explicó que acatando el mandato expreso del Congreso de la República fijado en el Plan Nacional de Desarrollo para reglamentar este servicio de transporte público, que les permitirá a los usuarios contar con una alternativa en condiciones diferenciales, se presenta hoy a los colombianos las decisiones tomadas al respecto.

“El objetivo de esta reglamentación es ofrecerles a los usuarios del servicio de taxi otras opciones para su movilización donde se respete la libre competencia, pero dentro de marcos reglamentarios que garanticen calidad y seguridad para todos. El nuevo Decreto tiene como pilares principales: comodidad, accesibilidad, calidad del servicio y seguridad tanto del vehículo como de los pasajeros”, indicó el Vicepresidente Vargas Lleras.

Por su parte, la Ministra de Transporte, explicó que “las empresas interesadas en prestar el servicio de lujo deberán contar con la habilitación otorgada por la autoridad de transporte competente, cumplir con los requisitos establecidos por la Ley (Decreto 1079/15 Art. 2.2.1.3.2.3), y otros aspectos adicionales relacionados con el acceso a plataformas tecnológicas, competencias laborales y atención al cliente de los conductores e indicadores de servicio. Y aclaró que los carros que presten los servicios deben estar afiliados a empresas legalmente constituidas”.

En cuanto a las condiciones que deben cumplir los vehículos que presten el servicio de lujo, se destacan aspectos como: carros nuevos o modelos que no superen los siete años de uso, camionetas cerradas, camperos y/o automóviles tipo sedán, cuatro puertas con capacidad para cinco pasajeros y color negro, con una franja lateral cuyas características serán definidas por el Ministerio de Transporte. Deben contar también con Sistemas de Posicionamiento Global (GPS), interacción en línea y tiempo real con la plataforma tecnológica necesaria.

Igualmente, las plataformas tecnológicas para la prestación de este servicio podrán ser de propiedad de las empresas de transporte o contratadas con terceros. Sin embargo, estas deben contar con la autorización del Ministerio de Transporte y demostrar el cumplimiento de las condiciones de servicio establecidas por el mismo.

Luego de expedido el Decreto que organiza el Servicio de Lujo en la modalidad individual de pasajeros, el Ministerio de Transporte tendrá seis meses para establecer las condiciones específicas de los puntos anteriores.

Frente a la nueva normatividad, el gremio de los taxistas se mostró de acuerdo con las decisiones tomadas por el Gobierno Nacional en pro de combatir la ilegalidad y ofrecer un mejor servicio a los ciudadanos en condiciones de igualdad.

Entre tanto, el Gerente de Uber en Colombia, Mike Shoemaker, manifestó que analizarán en detalle cada uno de los puntos incluidos en la reglamentación y adoptarán las medidas al respecto.

"De nuevo cumplimos. Dijimos que en noviembre el Presidente anunciaría la reglamentación del servicio de lujo y así lo hicimos", concluyó el Vicepresidente de la Republica, Germán Vargas Lleras.

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